En tanto se define el futuro de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS), creemos que hoy lo más conveniente para las empresas que quieran configurarse bajo una sociedad en la Ciudad de Buenos Aires es optar entre constituir una Sociedad de Resposabilidad Limitada, una Sociedad Anónima tradicional o una Sociedad Anónima Unipersonal. Otra alternativa es inscribir la S.A.S. en jurisdicciones que las siguen admitiendo.
La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), fue creada en Argentina en el año 2017 por la "Ley de Emprendedores" N 27.349 sancionada por el Congreso Nacional. Desde ese momento se constituyeron miles de SAS, convirtiéndose en el tipo societario más escogido para constituir nuevas empresas en la Argentina.
Este tipo presenta especial atractivo para PyMES y emprendedores ya que representa:
Sencillez. La inscripción se puede obtener mediante un trámite digital en “24 horas”.
Menores tiempos y costos para la creación y funcionamiento.
Permite que sean 1 ó más los socios, ésto al igual que las sociedades anónimas unipersonales (SAU) tambien vigentes desde 2015.
Representa la limitación de responsabilidad de el o los socios, ya que su responsabilidad se limita a las acciones, dejando a salvo su patrimonio personal (al igual que las restantes sociedades).
¿Qué pasó en 2020?
En el ámbito de la Capital Federal la Inspección General de Justicia (IGJ), el organismo que funciona como Registro Público de sociedades, fue dictando varias resoluciones que cambiaron el sistema. Las diferentes regulaciones se apartan de lo que la Ley de Emprendedores fija para estas sociedades.
Concretamente, las trabas a la constitución y funcionamiento de las SAS implican que a la fecha no se puedan presentar nuevas SAS debido a que no se encuentra dentro de los que el organismo asigna turnos de inscripción durante el Aislamiento y Distanciamiento dispuestos por la pandemia.
El motivo es que para la IGJ este tipo societario puede ser un vehículo para lavado de dinero, evasión e infracapitalización de las sociedades, perjudicando a acreedores. A esto se suma que en el Congreso se presentó un proyecto de modificación del régimen vigente y que hay varios procesos judiciales donde le cuestionan a IGJ sus regulaciones, que aún no están definidos.
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¿Con qué alternativas cuentan los emprendedores y start ups?
La elección del tipo societario depende de cada caso, las características del proyecto a mediano plazo, cantidad de socios, y dónde tengan sus actividades. Pero, mientras se defina el futuro de las SAS, tal vez lo más conveniente para las empresas que quieran configurarse bajo una sociedad en Capital Federal es optar entre constituir una SRL, una SA tradicional o una SAU. O bien inscribir la sociedad en otras jurisdicciones que sí las siguen admitiendo. Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires y en otras provincias que cuentan con trámite de constitución rápido.
Para consultas sobre Inscripción de sociedades y asesoramiento empresarial podés escribirnos a contacto@legisactioestudio.com o contactarnos telefónicamente.
Aquí podés acceder al texto completo de la Ley que creó las SAS y la info oficial de Argentina.gob.ar sobre esta Ley de Apoyo a Emprendedores.
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