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Hasta diciembre, doble indemnización por despido.

Actualizado: 16 nov 2020

Se extiende la exigencia por un nuevo plazo de 180 días, contados desde el 11 de junio de 2020 hasta el 7 de diciembre de 2020. La medida se suma a la prohibicón de despidos vigente.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 528/2020, publicado el 10 de junio en el Boletín Oficial, prorrogó la exigencia de abonar el doble de la indemnización ante despidos sin causa hasta el 7 de diciembre de 2020.

Esta norma extiende el plazo establecido inicialmente por el Decreto 34/2019, que rige desde el 13 de diciembre de 2019.

Esta norma implica una duplicación de la indemnización por antigüedad, preaviso e integración, y de la suma proporcional por el SAC.

La duplicación de la indemnización por despido no aplica si la relación laboral comenzó luego del 13 de diciembre de 2019. Tampoco cuando el contrato de trabajo finaliza por renuncia, mutuo acuerdo, finalización de contrato a plazo, u otras causales.


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