La naturalización por matrimonio permite a quienes estén casados con un/a ciudadano/a italiano/a obtener la ciudadanía italiana. Te contamos cuáles son loas condiciones para presentar la solicitud.
Los requisitos son los siguientes:
El primer paso es que la / el italiana/o debe estar registrado en el AIRE (Registro de quienes residen en el extranjero) y allí debe registrar el matrimonio para conocimiento del correspondiente Comune italiano (Registro Civil).
Deben cumplirse como mínimo tres años de casados, si residen fuera de Italia. El plazo de se reduce a dos años en el caso de residir en Italia.
Los mencionados plazos se reducen a la mitad si tuvieran hijos. Es decir, un año y medio en el extranjero, y un año viviendo en Italia.
Se debe acreditar un conocimiento de la lengua italiana, no inferior al nivel B1 que debe acreditarse con un certificado expedido por alguna institución como el PLIDA otorgado por la Dante Alighieri, el CELI de la Universidad de Extranjeros de Perugia y el CILS de la Universidad de Extranjeros de Siena. (Este requisito existe desde 2018). Si no lo tenés, pero a futuro te gustaría presentarlo, te recomendamos comenzar tus estudios.
El matrimonio debe ser posterior al 27/04/1983, no debe haber divorcio ni separación legal. Además, ambos cónyuges deben estar vivos.
Por otro lado, antes de esa fecha (del 27 de abril de 1983) estaba en vigencia otra legislación según la cual las mujeres extranjeras casadas con un ciudadano italiano adquirieron automáticamente la ciudadanía italiana.
El trámite para el reconocimiento de la ciudadanía puede ser realizado en cualquier momento, aun después de divorcio o fallecimiento del cónyuge. Pero es mejor analizar cada caso.
Si cumplís con los requisitos podemos asesorarte y ayudarte en la preparación de la carpeta consular. Contactanos para más info.
Para mayor información contáctate a contacto@legisactioestudio.com
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